- Fernández de la Puente ha requerido al Gobierno información sobre el aumento de los controles en la comercialización de mieles de terceros países o con sustancias prohibidas por la UE
El diputado de Ciudadanos (Cs) en el Parlamento de Canarias, Ricardo Fernández de la Puente, ha dirigido una pregunta escrita al Gobierno de Canarias interesándose sobre los controles efectuados por parte del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA) en cuanto a la comercialización de miel en el Archipiélago.
En Canarias pueden comercializarse mieles procedentes de cualquier estado de la Unión Europea o de terceros países, siempre y cuando estén correctamente etiquetadas y el producto cumpla la normativa que le es de aplicación. Entre las competencias que tiene el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA) – organismo autónomo adscrito a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno de Canarias – están las de realizar los controles de la miel que se produce, envasa o comercializa en Canarias mediante inspecciones y tomas de muestras para su análisis.
En este sentido, el diputado de Ciudadanos se ha dirigido en pregunta parlamentaria al Gobierno de Canarias interesándose por “el cumplimiento del correcto etiquetado, presentación y publicidad de la miel”, al objeto de “constatar que se cumpla la normativa y que no induzca a error respecto a la información suministrada al consumidor”.
Según Fernández de la Puente, “en Canarias el fraude detectado de forma más habitual es la venta de miel foránea etiquetada como miel canaria”. Este fraude se comete por operadores, que disponen de miel etiquetada con origen canario, según se verifica con el adecuado análisis polínico, pero dándose el caso que, en el transcurso de las inspecciones del ICCA, se constata con el mismo etiquetado comercialización de mieles de distinto origen y procedencia que nada tienen que ver con el de nuestras mieles.
Por todo ello, ha instado a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca a que “extreme la vigilancia en el etiquetado”, con el fin de “evitar el fraude consistente en la comercialización de miel para la que se indica un origen determinado en su etiquetado, cuando en realidad tiene otro”.